Cundinamarca → Nimaima → EOT de Nimaima 2000
El Esquema de Ordenamiento Territorial del municipio de Nimaima fue adoptado mediante el Acuerdo No. 029 del 23 de diciembre de 2000.
El instrumento establece las orientaciones para el uso del suelo, la ocupación y transformación del territorio municipal, definiendo aspectos ambientales, rurales y urbanos, sistemas estructurantes, normas urbanísticas, instrumentos de gestión y mecanismos para la ejecución del ordenamiento territorial. El acuerdo señala además que hacen parte del instrumento el Documento Técnico de Soporte, el Documento Resumen y la cartografía temática correspondiente.
En esta página se presenta la información general del instrumento y el acceso a sus diferentes productos documentales, cartográficos y geográficos.
Ficha técnica del EOT de Nimaima
| Campo | Información |
|---|---|
| Departamento | Cundinamarca |
| Municipio | Nimaima |
| Instrumento | Esquema de Ordenamiento Territorial |
| Sigla | EOT |
| Actuación | Adopción |
| Norma | Acuerdo Municipal No. 029 de 2000 |
| Fecha del acuerdo | 23 de diciembre de 2000 |
| Sanción municipal | 26 de diciembre de 2000 |
| Entidad que lo adopta | Concejo Municipal de Nimaima |
| Provincia | Gualivá |
| Centro urbano principal | Cabecera municipal de Nimaima |
| Centro poblado / inspección destacado | Tobia |
| Autoridad ambiental relacionada | Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca – CAR |
| Cobertura | Territorio municipal de Nimaima |
| Estado documental en GeoPOT | En organización y publicación |
El acuerdo fue aprobado por el Concejo Municipal y posteriormente sancionado por la Alcaldía Municipal de Nimaima el 26 de diciembre de 2000.
¿Qué adopta el Acuerdo 029 de 2000?
El artículo 1 adopta el Esquema de Ordenamiento Territorial para el municipio de Nimaima, organizado mediante componentes y disposiciones relacionadas con la planificación, regulación y gestión del territorio.
El instrumento comprende, entre otros aspectos:
- Componente general del ordenamiento territorial.
- Clasificación del suelo municipal.
- Componente rural.
- Componente urbano.
- Usos y manejo del suelo.
- Áreas ambientales y de conservación.
- Áreas de amenazas y riesgos.
- Sistema vial municipal.
- Servicios públicos.
- Espacio público.
- Normas urbanísticas.
- Tratamientos urbanísticos.
- Planes parciales.
- Licencias urbanísticas.
- Instrumentos financieros.
- Reparto de cargas y beneficios.
- Programas y proyectos de ejecución.
El acuerdo concibe el ordenamiento territorial como un instrumento para orientar la ocupación del territorio, la localización de actividades, asentamientos e infraestructura y la protección de los recursos naturales.
Documentos que integran el instrumento
El artículo 1 identifica como componentes documentales principales:
- Documento Técnico de Soporte, que contiene el diagnóstico, la formulación y la cartografía temática que sustenta el ordenamiento.
- Documento Resumen, que incluye el análisis regional, la prospectiva territorial, memoria explicativa, objetivos, estrategias, políticas y programas de acción.
- Cartografía temática, asociada a los diferentes componentes del EOT.
Esta estructura documental constituye el soporte técnico y normativo para la aplicación del instrumento.
Modelo y objetivos territoriales
El EOT plantea como propósito orientar el desarrollo de Nimaima mediante una ocupación racional del territorio y una adecuada articulación entre sus componentes ambientales, rurales, urbanos, económicos y sociales.
Entre sus principales objetivos se encuentran:
- Garantizar la protección de los recursos naturales.
- Orientar adecuadamente el uso del suelo rural.
- Mejorar la productividad agropecuaria.
- Promover actividades compatibles con las características ambientales del municipio.
- Reglamentar el uso del suelo urbano de Nimaima y Tobia.
- Mejorar los servicios públicos y sociales.
- Identificar y manejar áreas de amenazas y riesgos.
- Fortalecer la conectividad territorial.
- Promover el turismo y la recreación.
- Mejorar la gestión institucional para la ejecución del ordenamiento.
El instrumento también plantea acciones orientadas a consolidar una cultura ambiental y territorial y a fortalecer la articulación entre la administración municipal y la comunidad.
Contexto territorial
El acuerdo señala que el municipio de Nimaima se localiza en el departamento de Cundinamarca y hace parte de la provincia del Gualivá.
Dentro de su estructura territorial se reconoce la importancia de:
- La cabecera municipal de Nimaima.
- La inspección de Tobia.
- Las áreas rurales y sus veredas.
- Las conexiones regionales con municipios vecinos.
- Las relaciones territoriales asociadas al río Negro y otros elementos ambientales.
El documento incorpora además la división veredal como elemento de referencia para la planificación municipal.
Clasificación del suelo
El EOT establece como categorías generales:
Suelo urbano
Comprende las áreas destinadas a usos urbanos que cuentan con infraestructura vial y servicios públicos que permiten su urbanización y edificación.
El instrumento reconoce como áreas urbanas:
- Cabecera municipal de Nimaima.
- Inspección de Tobia.
El acuerdo desarrolla la descripción de sus perímetros mediante coordenadas y referencias prediales.
Suelo de expansión urbana
Comprende las áreas destinadas al crecimiento futuro de los asentamientos urbanos, cuya incorporación debe realizarse mediante los instrumentos de planificación correspondientes.
Suelo rural
Corresponde a las áreas destinadas principalmente a actividades agropecuarias, forestales, ambientales y de aprovechamiento sostenible de recursos naturales.
Suelo suburbano
El EOT contempla sectores rurales donde pueden desarrollarse determinadas actividades con características de transición urbano-rural y restricciones particulares de ocupación y densidad.
Suelo de protección
Comprende áreas que deben conservarse debido a sus características ambientales, paisajísticas, hidrológicas, forestales o por encontrarse asociadas a amenazas y riesgos.
Componente ambiental
La conservación y protección de los recursos naturales constituye uno de los ejes principales del EOT.
El instrumento identifica categorías como:
- Áreas forestales protectoras.
- Áreas forestales protectoras-productoras.
- Áreas forestales productoras.
- Áreas periféricas a nacimientos de agua.
- Rondas de ríos y quebradas.
- Lagos, lagunas, ciénagas y humedales.
- Áreas de infiltración y recarga de acuíferos.
- Áreas de amortiguación de zonas protegidas.
- Áreas de conservación ambiental.
- Áreas destinadas a protección de infraestructura de servicios públicos.
El acuerdo establece para estas categorías diferentes usos principales, compatibles, condicionados y prohibidos, con el objetivo de garantizar la conservación de los recursos naturales y controlar procesos de ocupación incompatibles.
Amenazas y riesgos
El EOT incorpora la identificación de áreas de amenazas naturales y establece restricciones para su ocupación.
El acuerdo hace referencia a un mapa de riesgos y amenazas naturales y determina que las zonas susceptibles a eventos naturales deben ser delimitadas y excluidas de usos incompatibles con sus condiciones de vulnerabilidad.
Estas áreas deben considerarse para:
- Prevención de desastres.
- Protección de asentamientos.
- Reubicación cuando corresponda.
- Restricción de nuevas urbanizaciones.
- Manejo adecuado de áreas vulnerables.
Componente rural
El componente rural busca orientar el aprovechamiento productivo y sostenible del territorio.
Entre las categorías desarrolladas por el EOT se encuentran:
Zonas agropecuarias
Comprenden áreas destinadas a actividades agrícolas y ganaderas bajo diferentes niveles de intensidad.
El instrumento establece, entre otras:
- Áreas de uso agropecuario tradicional.
- Áreas forestales.
- Áreas de recreación.
- Áreas de recreación ecoturística.
- Áreas industriales rurales.
- Zonas de recuperación ambiental.
- Parcelaciones rurales para vivienda campestre.
El EOT establece condiciones específicas para ocupación, densidades, manejo ambiental y protección de los recursos naturales.
Parcelaciones rurales
El acuerdo contiene disposiciones específicas para las parcelaciones rurales destinadas a vivienda campestre.
Entre las condiciones consideradas se encuentran:
- Conservación del carácter rural del suelo.
- Disponibilidad de agua.
- Manejo de aguas residuales.
- Tratamiento de residuos sólidos.
- Restricciones de ocupación.
- Protección del paisaje.
- Condiciones ambientales establecidas por la autoridad competente.
El instrumento diferencia además índices de ocupación según las características del área rural.
Sistema vial
El EOT estructura el sistema vial municipal tanto para las áreas rurales como urbanas.
Vías rurales
El instrumento contempla categorías como:
- Vía Regional Primaria.
- Vía Regional Secundaria.
- Vía de Penetración Rural.
- Vía Secundaria Rural.
El documento identifica como corredores importantes las conexiones:
- Nimaima – Vergara.
- Nimaima – Tobia – Autopista.
- Nimaima – Vergara, además de otras conexiones rurales y regionales.
Vías urbanas
Para las áreas urbanas se establecen:
- VU0: Vía de penetración urbana.
- VU1: Vía urbana de primer orden.
- VU2: Vía urbana de segundo orden.
- VU3: Vía urbana de tercer orden.
- VU4: Vía urbana peatonal.
El acuerdo define especificaciones de calzada, andenes y función para cada categoría vial.
Componente urbano
El EOT desarrolla disposiciones específicas para el ordenamiento urbano de Nimaima y Tobia.
Entre los principales elementos considerados se encuentran:
- Áreas residenciales.
- Áreas comerciales.
- Áreas institucionales.
- Áreas de actividad múltiple.
- Tratamientos urbanísticos.
- Conservación ambiental.
- Consolidación.
- Desarrollo.
- Rondas hídricas.
- Espacio público.
- Normas arquitectónicas.
- Plan vial.
- Urbanizaciones.
- Licencias.
Tratamientos urbanísticos
El acuerdo contempla tratamientos como:
- Desarrollo.
- Consolidación.
- Conservación ambiental y ecológica.
- Protección de rondas de ríos.
Estos tratamientos determinan las condiciones de intervención y desarrollo aplicables en las diferentes áreas urbanas.
Normas urbanísticas
El EOT establece regulaciones relacionadas con:
- Tamaño mínimo de lote.
- Frente mínimo.
- Relación frente-fondo.
- Alturas.
- Índices de ocupación.
- Aislamientos.
- Antejardines.
- Voladizos.
- Fachadas.
- Arborización.
- Señalización.
- Estacionamientos.
- Cesiones.
- Urbanizaciones.
- Espacio público.
También desarrolla normas particulares para áreas residenciales de distintas densidades, áreas comerciales, institucionales y de actividad múltiple.
Espacio público
El instrumento reconoce como parte del sistema de espacio público elementos como:
- Plazas.
- Parques.
- Rondas de fuentes hídricas.
- Elementos naturales.
- Sistema vial.
- Espacios recreativos.
- Elementos urbanos destinados al uso colectivo.
El EOT plantea además una meta de 15 m² de espacio público por habitante como referencia para el desarrollo territorial.
Cartografía asociada al EOT
El Acuerdo 029 hace referencia a diferentes mapas temáticos que forman parte del soporte territorial del instrumento.
Entre ellos se identifican mapas relacionados con:
- División veredal y estructura territorial.
- Perímetro urbano de Nimaima.
- Perímetro de Tobia.
- Sistema vial urbano.
- Sistema vial rural.
- Áreas de actividad urbana.
- Tratamientos urbanísticos.
- Clasificación del suelo.
- Zonificación de usos del suelo rural.
- Áreas de amenazas y riesgos.
- Sistemas ambientales.
- Espacio público.
- Áreas de conservación y protección.
En diferentes artículos el acuerdo hace referencia a mapas numerados utilizados para espacializar las disposiciones del EOT.
Por ahora no pondría un número total de planos adoptados hasta contrastar esta relación normativa con los archivos cartográficos originales disponibles. Eso evita asumir que todos los números de mapa mencionados corresponden a archivos independientes.
Programas y proyectos
El Acuerdo incorpora al final un Programa de Inversiones Prioritarias a tres años, organizado por sectores y proyectos relacionados con:
- Desarrollo rural.
- Medio ambiente.
- Servicios públicos.
- Infraestructura vial.
- Recreación y turismo.
- Equipamientos.
- Educación.
- Salud.
- Gestión institucional.
Estas tablas forman parte del documento aprobado y permiten identificar las prioridades de ejecución que acompañaban la implementación inicial del EOT.
Productos cartográficos del EOT
Cartografía original
Consulta los documentos oficiales y los archivos cartográficos originales disponibles del EOT de Nimaima, incluidos acuerdos, documentos técnicos, planos y demás archivos fuente recuperados.
Cartografía original EOT Nimaima 2000
Descarga el conjunto documental y cartográfico original asociado al EOT de Nimaima, adoptado mediante el Acuerdo Municipal 029 de 2000.
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Importante:
El contenido se entrega comprimido en formato ZIP. Si al descargar el archivo aparece sin extensión, renómbrelo agregando .zip al final del nombre.
Consulta y uso de la información
La información publicada en GeoPOT tiene fines documentales, académicos, técnicos y de consulta pública. Para actuaciones administrativas, licencias urbanísticas, conceptos de uso del suelo o decisiones sobre predios específicos, debe verificarse la información directamente con la Secretaría de Planeación del municipio y confrontarse con los documentos oficiales, sus anexos y las modificaciones posteriores que puedan existir.


